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Con ese titular, en la portada del 8 de diciembre de 2009, el diario Expreso prácticamente sentenció a la ministra Chang, a quien se le ha iniciado una instrucción fiscal por supuestas irregularidades en la adquisición de 115 ambulancias. El titular es malintencionado pues no refleja la realidad procesal del caso. El que le hayan llamado a instrucción fiscal, así lo reconoce el diario en el texto de la nota, no significa, ni por interpretación extensiva, estar “acusada de peculado”. Si bien con el inicio de la instrucción fiscal se imputa a alguien la autoría o su participación en un delito, esa etapa del proceso judicial no es definitiva, es de investigación. Una persona está “acusada” únicamente cuando el Fiscal, al final de la “instrucción fiscal”, cuenta con datos relevantes sobre la existencia del delito y fundamento grave que le permita deducir que la procesada es autora o partícipe de la infracción, momento en el cual emitirá DICTAMEN ACUSATORIO (esta sí, “acusación”) y requerirá al juez de garantías penales que dicte auto de llamamiento a juicio. Con titulares así, ¿quién necesita jueces? ¿Podrá la Ministra Chang exigir algún tipo de rectificación sin que se le acuse de enemiga de la prensa? Cabe recordar que la libertad de expresión no solo es un derecho de todos (medios, periodistas y ciudadanos), sino también una obligación: la de dar una información de calidad y ética, y eso empieza por los titulares. Defender lo primero, incluso con campañas truculentas, olvidándose de lo segundo es deleznable.
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